EL REAL DECRETO QUE PARALIZA DOS AÑOS LOS DESAHUCIOS
ENTRA EN VIGOR
La norma da un mandato al Gobierno para que inicie una
negociación con las entidades financieras para la creación de un parque de
viviendas de alquiler social para las familias que se hayan quedado sin
vivienda como consecuencia de una ejecución hipotecaria.
Las nuevas medidas para proteger a los deudores
hipotecarios, entre las que se encuentra la paralización durante dos años de
los desahucios siempre que se cumplan determinados requisitos económicos y
sociales, entran en vigor este viernes tras su publicación en el Boletín
Oficial del Estado (BOE).
La norma será de aplicación a los procesos judiciales o
extrajudiciales de ejecución hipotecaria que se hubieran iniciado "a la
entrada en vigor" de este Real Decreto y en los que no se hubiera
procedido al desahucio, según se precisa en el texto de la ley.
El Consejo de Ministros, reunido un día antes de lo habitual
por la celebración de la Cumbre Iberoamericana, aprobó ayer dos medidas para
proteger a deudores hipotecarios y para paliar la situación de los que ya han
sido desalojados de sus viviendas.
En concreto, a partir de hoy, se paralizará durante dos años
el desahucio, permitiendo que el deudor permanezca en la vivienda sin coste
alguno, para una serie de colectivos especialmente vulnerables: familias
numerosas; unidades monoparentales con dos hijos a cargo; familias con un menor
de tres años, y familias con uno de sus miembros discapacitado superior al 33%.
Tampoco se ejecutará el lanzamiento a personas afectadas por
dependencia o incapacidad permanente para trabajar, a familias en las que el
deudor hipotecario se encuentre en paro y haya agotado las prestaciones por
desempleo, a familias en las que convivan una o más personas unidas con el
titular de la hipoteca o su cónyuge con vínculo de parentesco hasta tercer
grado de consanguinidad y que se encuentren en situación de discapacidad,
dependencia, enfermedad grave que le incapacite para realizar una actividad
laboral; y unidades familiares en las que exista una víctima de violencia de
género.
Además, tienen que concurrir una serie de requisitos
económicos para que se paralice el desahucio, como que los ingresos del
conjunto de la unidad familiar no podrán superar el límite de tres veces el
Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que en 2012 se sitúa
en 532 euros al mes, es decir, 1.597 euros mensuales o, lo que es lo mismo,
cerca de 19.200 euros anuales.
También tendrán que acreditar que en los cuatro años
anteriores al momento de la solicitud de la paralización del desahucio hayan
sufrido una alteración "significativa" de sus circunstancias
económicas, entendiéndose por esto cuando el pago de la hipoteca sobre la renta
familiar se haya multiplicado por 1,5 veces en esos cuatro años -es decir, que
si suponía un 40% haya pasado a ser un 60%-.
Los otros dos requisitos económicos a cumplir pasan por que
la cuota hipotecaria supere el 50% de los ingresos netos percibidos por el
conjunto de la unidad familiar, y que se trate de crédito garantizado con
hipoteca sobre la única vivienda del deudor y concedido para la compra de la
misma.
Se creará un parque de viviendas de alquiler con pisos de
bancos
A estas medidas se añade el mandato que el decreto ley da al
Gobierno para crear un parque de viviendas de alquiler, a un precio social,
para las personas que se hayan quedado sin vivienda tras una ejecución
hipotecaria.
Concretamente, se encomienda al Ejecutivo a que empiece una
negociación con las entidades financieras para la constitución de un fondo
social de viviendas propiedad de las entidades de crédito para alojar a las
personas en situación de especial vulnerabilidad que hayan sido desahuciadas de
sus casas por impago de su préstamo hipotecario.
Fuente: http://www.yaencontre.com/



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