Nuevas bases de cotización
autónomos en 2014
El colectivo de los trabajadores autónomosdeben estar atentos a como cotizarán los autónomos en 2014. Las bases de cotización de los autónomos en 2014 trae varias novedades
como la regularización de lacotización de los autónomos de los otros regímenes debido a la crisis, además de otros aspectos.
Entre los puntos a destacar sobresale la actualización de las bases de cotización por contingencias comunes que sirven
para establecer las futuras cuantías de las pensiones de los cotizantes.
Elevando las bases máximas en un 5%, hasta (3.597,00 euros) mensual. Además, se
elevarán las mínimas en similar cuantía el salario mínimo interprofesional
(SMI), aunque quedaría congelado en 2014.
Modificaciones Trabajadores Autónomos:
-Quedan modificados los umbrales de edad desde la que quedan fijado los
límites a las aportaciones, a fin de concentrar las aportaciones en el tramo
final de la vida laboral.
-Se crean un grupo de parámetros para los cotizantes de más de 50 años que
no hubieran trabajado como autónomos, y que por la crisis y el paro quedan
obligados a cotizar en el régimen de cuenta propia de los trabajadores
autónomos.
No es novedad que la Seguridad Social topara la base máxima a partir de los
50 años, a fin de evitar los aumentos artificiales de las bases, y, de las
pensiones ulteriores, a aquellos que ingresan durante los últimos 15 años de su
carrera de cotización, estos son los que hasta la última reforma de la ley en
2011 determinaban la cuantía de la pensión.
Al haberse elevado la edad de jubilación (65 años y 2 meses) a partir del 1
de Enero de 2014 se amplia el número de años de carencia (17 años) también
desde el 1 de Enero, queda adelantado el umbral de edad en que la base queda
topada.
Nuevas Bases de Cotización 1 Enero 2014:
-Por lo que, el 1 de Enero de 2014 teniendo carácter general la base máxima
quedará en (3.597 euros mensuales) y la mínima será de (875,7 euros) al mes.
-Los que al 1 de Enero de 2014 cuya edad sea menor a 47 años, tendrán
libertad de elegir la base entre los dos límites. Al igual que los trabajadores
autónomos que al 1 de Enero tengan 47 años y cuya última base de cotización de
Diciembre de 2013 fuera similar o superior a (1.888,8 euros) mensuales, o que a
dicha fecha tuvieran un alta en el régimen especial de Autónomos posterior.
-Aquellos que al 1 de Enero cuya edad fuera de 47 años y una base de cotización
inferior a (1.888,8 euros) mensuales, estos no podrán elegir una base de
cuantía superior a (1.926,6 euros) -siendo el tope previo más el 2%-. Si cuando
hubieran optado previamente al 30 de Junio de 2014, con efectos para su
cotización de Julio.
-Podrán superar la cuantía de (1.926,6 euros) el cónyuge supérstite del
titular de un negocio que, por su fallecimiento, quedara obligado a atenderlo
teniendo 47 años de edad.
-Los que al 1 de Enero de 2014 tengan 48 o más años cotizarán a unas bases
entre los (944,4 y los 1.926,6 euros) mensuales; Quedando bajo excepciones el
cónyuge supérstite del titular con 45 años o más años.
Base de Cotización Nuevos Autónomos:
Los trabajadores autónomos que anteriormente a los 50 años cotizaran antes en algún otro régimen de la
Seguridad Social por un periodo de 5 años, obtendrán condiciones diferentes. Se
trata de los cotizantes de regímenes por cuenta ajena a propia, por la crisis y
a que se pierden puestos de empleo asalariado.
-Se establece que en caso que la última base de
cotización acreditada fuera igual o inferior a
(1.888,8 euros), cotizarán por una base entre (875,7 euros) mensuales y
(1.926,6 euros).
-Cuando la base de cotización fuera superior al
umbral de (1.888,8 euros), cotizarán por una base entre (875,7 euros) y el
importe de esta, más un 5%, podrán elegir si no alcanzara, por una base de
(1.926,6 euros).
Los tipos de cotización que se aplican a las mencionadas bases
respectivamente son del (29,8%) o del (29,3%) si están en el sistema de
protección por cese de actividad. Si no tuvieran cubierta la protección por
incapacidad temporal, el tipo de cotización será el (26,5%).
Autónomos de Venta Ambulante:
La base mínima será la del régimen general y la mínima la del régimen de
autónomos (875,7 euros).
Autónomos Pluriactividad:
Los autónomos cotizante en régimen de
pluriactividad tienen un sistema de devolución parcial de cotizaciones, lo
tienen que solicitar previo al 30 de Abril de 2014 a la Tesorería.
Fuente: www.finanzzas.com



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