Las
hipotecas a interés variable donde se aplica el IRPH de cajas y bancos o el índice
CECA, mantendrán su interés referencial otros seis meses más, como mínimo,
hasta que se encuentre un valor sustitutorio. De no establecerse, el Banco de
España los seguirá publicando.
Seis meses
más como mínimo. El Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios
(IRPH), interés que aplican las cajas y los bancos en algunos préstamos
hipotecarios continuará vigente hasta octubre. Si en esa fecha no se ha
encontrado un valor sustitutorio, el Banco de España (BdE), organismo que los
supervisa, lo seguirá publicando. Y
así será hasta que haya uno.
Una orden
ministerial estableció que a partir del 29 de abril de 2012 tanto el IRPH de
bancos como el de cajas, y el índice CECA dejaban de utilizarse en hipotecas.
Con todo, seguirían aplicándose en los préstamos que, firmados con
anterioridad, lo hubieran establecido como valor de referencia.
"Continúan
siendo considerados aptos, a todos los efectos, en los préstamos a interés
variable que los tuvieran como tipos de referencia" y hubieran sido
"formalizados antes del 29 de abril de 2012", argumentan al respecto
fuentes del Banco de España consultadas por el comparador de hipotecas Bankimia.
En este
sentido, se entendió que un año después de esta fecha los tres valores dejarían
de publicarse. Pero la fecha en la que dejarán de ser vigentes se ha
alargado seis meses más. Y es que, según el organismo regulador, el adiós de
los tres valores se ha de producir "transcurrido un año de la entrada en
vigor de la misma (la Orden EHA/2899/2011) y su
normativa de desarrollo, es decir, el 6 de octubre de 2013".
Eso sí,
dejarán de ser válidos "siempre que en ese plazo se hubiese establecido el
correspondiente régimen de transición para los préstamos afectados". Esto
es, cuando haya un sustituto. De no establecerse, "el BdE seguiría
publicándolos, de conformidad con lo establecido en la propia disposición
transitoria de la Orden", han explicado fuentes del organismo.
Con todo, y
aunque el IRPH de bancos y cajas digan adiós, el IRPH del conjunto de entidades
se seguirá publicando ya que en el establecimiento de su valor
"intervienen todos los bancos y cajas", precisan desde el BdE. Y
argumentan: "Es por ello que la desaparición de ambos índices (bancos y
cajas) no repercute en su cálculo".
Hipotecas
referenciadas a IRPH
En
principio, los titulares de hipotecas referenciadas al IRPH de bancos o al IRPH
de cajas no deberían tener problemas a la hora de establecer un sustitutivo: en
el contrato del préstamo debe aparecer el valor que se deberá aplicar en el
futuro. Si no estuviera detallado, el prestatario debería buscar una
solución con la entidad financiera.
En este
sentido, la Asociación de usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (ADICAE) ha
solicitado al Gobierno que "articule un buen régimen transitorio en el que
se equilibren las posiciones de las partes". Y recomiendan a los
consumidores afectados que "acudan a un experto independiente para
que le orienten e informen sobre cómo actuar".
Fuente: www.yaencontre.com



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