El 1 de abril comienza la
campaña de la renta sin la deducción por la vivienda comprada en 2013
El próximo 1
de abril comienza la campaña de la renta 2013, la primera en la que no se
podrá aplicar la deducción por vivienda para aquellos que compraron su casa a
partir del 1 de enero del año pasado. Además en algunas comunidades
autónomas como la valenciana o madrileña se ha optado también por eliminar las desgravaciones autonómicas adicionales que
tenían para la compra de vivienda habitual.
Idealista
news ya adelantó que la Comunidad de Madrid y la Comunidad
Valenciana han seguido los pasos del gobierno central y han optado por eliminar
también las deducciones autonómicas adicionales que tenían para la
compra de vivienda habitual. así, los que compraron una vivienda habitual
durante 2013, no podrán beneficiarse de estas deducciones fiscales en la
declaración de la renta de 2013. en el resto de las comunidades autónomas (CCAA)
se mantienen las desgravaciones fiscales adicionales.
Gestha
recuerda que, los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual o
realizaran algún pago para su construcción antes al 1 de enero de 2013,
mantienen el derecho a la desgravación en 2014 y sucesivos años siempre que
hayan deducido por dicha vivienda en 2012 o años anteriores. Además, pueden
deducirse hasta el 15% de las cantidades invertidas con un límite de inversión
de 9.040 euros.
Los técnicos
del ministerio de hacienda (Gestha) señalan que los contribuyentes
tampoco tendrán derecho a deducción de las obras de rehabilitación,
ampliación y de adaptación para personas con discapacidad realizadas en la
vivienda y cuyo importe haya sido satisfecho en 2013.
Están
obligados a declarar aquellos contribuyentes con salarios superiores a 22.000
euros brutos, así como los que ganan más de 11.200 euros si tienen más de un
pagador y la suma de lo percibido por el segundo y restantes excede los 1.500
euros al año.
También hay
que tener en cuenta que las comunidades autónomas tienen transferida la
capacidad de aprobar sus propias deducciones en determinadas materias --como el
alquiler de vivienda habitual-- o realizar cambios en los tipos del IRPF, por
lo que conviene estar al tanto de las peculiaridades propias de cada región.
Fuente: www.idealista.com
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