Conoce los permisos que
necesitas para hacer reformas en casa
Afrontar una
reforma en la vivienda supone un gran esfuerzo de planificación. En esa tarea
por organizar tiene un papel destacado el hecho de cumplir con todos los
trámites administrativos pertinentes, con el objetivo de no dilatar la obra
o evitar que se encarezca el presupuesto. Los permisos que se necesitan varían
en función de la reforma y de los elementos que se vean afectados.
Los costes
dependen de cada municipio, aunque no existen grandes variaciones. Tomando el
caso de Madrid:
- Acabados
e instalaciones interiores
El cambio de
la fontanería y la instalación eléctrica, suelos, alicatados, recubrimientos
interiores son las más habituales. No necesita permiso municipal. No se pagan
tasas, aunque es probable que precises colocar un contenedor de escombros en la
calle y, en ese caso, deberás pagar un impuesto por la ocupación de la vía
pública. La cuantía dependerá de qué calle se trate –son más caras las del
centro y de zonas comerciales– y del espacio que ocupe. Coste orientativo:
entre uno y cinco euros por día.
- Cambio
en la distribución de la casa
Unir la
cocina al salón, tirar tabiques para ampliar estancias, crear una nueva
estancia a partir de la terraza requiere un permiso municipal. Para obtenerlo,
tendrás que rellenar unos impresos y presentar una descripción de la reforma,
con un plano de la modificación y un presupuesto. No se necesita la supervisión
de un técnico colegiado.
Pagarás
seguro dos tasas, y otras dos probables:
1- Por
prestación de servicios urbanísticos. Es decir, un pago por los trámites
que tiene que hacer el ayuntamiento (papeleo). En Madrid suele ser de 287,70
euros si la superficie de la vivienda no supera los 500 m2.
2- Impuesto
de Construcción, Instalaciones y Obras (ICIO). Un 4% del presupuesto.
3- Tasa por
la instalación de un contenedor de escombros (si es el caso).
4- Por la colocación
de vallas o andamios (si se utiliza). El coste también dependerá de la
calle (en Madrid está entre 0,37 y 10,19 euros por m2) y de la altura de los
andamios (se incrementa un 50% por cada tres metros de alto). Para su
colocación será preciso presentar documentación que garantice la supervisión de
un técnico (puede ser el jefe de obra).
- Modificación
de la estructura de la casa
Se trata de
una obra profunda que afecta al diseño y la construcción original. Necesita
permiso municipal. Los mismos trámites vistos con anterioridad. Además,
requiere la supervisión de un técnico colegiado (arquitecto o ingeniero) que
presente y firme el proyecto. Pago de tasas:
1- Por
prestación de servicios urbanísticos. En Madrid suele ser de 607 euros si la
superficie de la vivienda no supera los 250 m2.
2- Impuesto
de Construcción, Instalaciones y Obras (ICIO). Un 4% del presupuesto.
3- Tasa por
la instalación de un contenedor de escombros.
4- Por la
instalación de vallas o andamios.
-
Reformas que modifican elementos comunitarios
Son las
obras que afectan a las fachadas de los edificios, incluidas terrazas y
balcones y, por tanto, a la estética y la estructura. Necesita permiso
municipal. A la documentación ya vista se suman planos de situación y
fotografías. No precisa de la supervisión de un técnico colegiado pero sí la
autorización de la comunidad de propietarios. Pago de tasas:
1- Por
prestación de servicios urbanísticos. En Madrid suele ser de 57,65 euros por
planta, aunque el pago mínimo es de 123,70 euros.
2- Impuesto
de Construcción, Instalaciones y Obras (ICIO). Un 4% del presupuesto.
3- Por la
instalación de un contenedor de escombros.
4- Tasa en
caso de colocar vallas o andamios.
- Conservación
de instalaciones comunitarias y cubiertas.
Reformas de
elementos que estén dentro de tu propiedad pero que afecten a toda la
comunidad, como por ejemplo terrazas de áticos que sirvan a la vez como
cubiertas. Necesita permiso municipal pero no requiere la supervisión de un
técnico colegiado. Pago de Tasas:
1- Tasa por
prestación de servicios urbanísticos. 287,70 euros si la superficie de la
vivienda no supera los 500 m2.
2- Impuesto
de Construcción, Instalaciones y Obras (ICIO). Un 4% del presupuesto.
3- Tasa por
la instalación de un contenedor de escombros (si es el caso).
Fuente:
www.idealista.com
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