martes, 21 de abril de 2015

Noticias - Nuevo índice para contratos de alquiler


Desde el 1 de abril de este año, los contratos de alquiler no actualizarán su rentas anualmente, salvo que la parte arrendadora lo deje por escrito en el contrato.

Si no se especifica el tipo de índice a aplicar en la revisión del precio, el índice predeterminado será el nuevo IGC según modificación del artículo 18 de la Ley de arrendamientos urbanos de 1994.

Cabe recordar que ya en 2013 con la actualización de la Ley de alquiler ya se podía llegar a un acuerdo mediante un pacto entre las partes para acordar la actualización de la renta.

Desde Casa Real estamos viendo todo tipo de casos desde la actualización de la ley en 2013. Desde contratos que no tienen ningún tipo de subida anual, hasta contratos en progresión con subidas anuales de un 1%, 2% e incluso un 3%.


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